Permiso residencia y trabajo
Si eres residente en territorio Español y te encuentras en situación irregular en Asesoria Arribas te tramitar tu permiso de residencia y trabajo.
El artículo 124 del Reglamento de Extranjería establece 3 supuestos para ello:
ARRAIGO SOCIAL
Los requisitos para solicitar el Arraigo social son:
- Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.
- Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma (o el Ayuntamiento si la Comunidad Autónoma lo ha autorizado), en cuyo territorio tenga su domicilio habitual.
- Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador deben encontrase inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Si es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo.
- Carecer de antecedentes penales en España
- Se podrá eximir la presentación del contrato en el supuesto de que se acredite que se cuenta con medios económicos suficientes o que éstos derivan de una actividad por cuenta propia, y siempre que lo recomiende el informe de integración social que emita la Comunidad Autónoma.
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado
- Copia completa del pasaporte
ARRAIGO LABORAL
Los requisitos para solicitar el Arraigo Laboral son:
- Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años. Se entiende permanencia continuada si las ausencias no han superado los 90 días en los dos últimos años.
- Poder demostrar la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a seis meses.
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado
- Copia completa del pasaporte.
- Certificado de antecedentes penales
- Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, que podrá ser resolución judicial o acta de conciliación en vía judicial que la reconozca, o resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.
- La concesión de la autorización de residencia, llevará aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena y propia en España durante la vigencia de aquella.
ARRAIGO FAMILIAR
Los requisitos para solicitar el Arraigo familiar son:
- Ser padre o madre de menor de nacionalidad española, o hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español.
- impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado
- Certificado de antecedentes penales
- Copia completa del pasaporte
- Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dicho menor.
- En el supuesto de ser hijo de padre o madre originariamente español: Certificado de nacimiento del solicitante. Certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español o certificado del Registro Civil que acredite dicha condición o la concesión de la autorización de residencia, lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia en España.
Renovar permiso de residencia
Si eres extranjero en Asesoria Arribas te tramitamos la renovación de la autorización temporal de residencia y trabajo tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
Las renovaciones dependerán del tipo de autorización que tengas, los requisitos básicos y comunes para todas las renovaciones son:
- Carecer de antecedentes penales en España.
- Abonar las tasas por tramitación de la autorización de residencia temporal y la relativa a la autorización de trabajo por cuenta ajena.
- Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende. O como mínimo de seis meses si se va a suscribir un nuevo contrato de trabajo en el momento de la renovación.
Tramitar nacionalidad
Si quieres obtener la nacionalidad española en Asesoria Arribas te ayudamos a realizar los trámites de la nacionalidad necesarios para obtenerla.
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Según el Código Civil, reformado por la Ley 36/2002, de 8 de octubre, la adquisición de la nacionalidad se puede producir por: residencia, por opción, por carta de naturaleza, por posesión de estado o con valor de simple presunción.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA
La nacionalidad española por residencia se puede adquirir de diferentes modos. A continuación, detallamos las más habituales:
Diez años: para todo el mundo de forma continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Cinco años: personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Un año: Hay varios casos, el que haya nacido en territorio español, el que lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho, el viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente y el nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Además, el interesado deberá acreditar buena conducta cívica, y suficiente grado de integración en la sociedad española.
En la mayoría de casos deberá tener los diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE).
En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR ORIGEN
Los nacidos de padre o madre española. Las personas nacidas en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España. Las personas nacidas en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad, o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Es lo que se conoce como nacionalidad por valor de simple presunción.
Los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR OPCIÓN
Otra de las posibilidades de adquirir la nacionalidad es por opción. Beneficio que se otorga a aquellas personas extranjeras que se encuentren bajo la patria potestad de un español, aquellas personas cuya filiación – saber quienes son sus padres- se produzca después de los 18 años o su adopción se acontezca después de la mayoría de edad.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR CARTA DE NATURALEZA
Esta dotación de la nacionalidad es de carácter graciable no estando sujetas a las normas generales de procedimiento administrativo pudiendo ser otorgada o no mediante Real Decreto por circunstancia excepcionales.
Además toda persona tiene derecho a la nacionalidad española si durante 10 años y de buena fe ha creído tener la nacionalidad española en base a un título inscrito en el Registro civil.
Como se puede observar existen distintas maneras en las que se puede obtener la nacionalidad española. En Asesoría Arriba te acompañamos en todo momento para facilitar el procedimiento, resolviendo dudas y aclarando informaciones respecto: a los requisitos para cada tipo de trámite, los documentos a presentar – como el certificado de nacimiento – , presentación de la solicitud de nacionalidad ante el ministerio de justicia, etc.
En definitiva Asesorias Arribas realizamos un servicio legal, continuado e inmediato para tramitar la nacionalidad española. ¿Necesitas una asesoría?