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Novedades 2021: La guía completa de la deducción del IVA para autónomos


18/03/2023





Novedades en la deducción del IVA para autónomos

Introducción:

Los autónomos deben estar al tanto de los cambios en la normativa tributaria, especialmente cuando se trata de la deducción del IVA. Este año, se han introducido algunas novedades que es importante conocer para poder aplicar correctamente las deducciones.

¿Qué es la deducción del IVA?

La deducción del IVA es un derecho que tienen los autónomos de descontar el impuesto del valor añadido (IVA) soportado en la realización de su actividad económica. Esto significa que, al momento de calcular el IVA que deben pagar, pueden restar el IVA que han pagado por los bienes y servicios necesarios para su negocio.

Novedades en la deducción del IVA para autónomos:

1. Regla de prorrata:

Hasta el año pasado, en caso de que una empresa realizara actividades sujetas a IVA y otras exentas, la regla de prorrata se aplicaba para calcular el IVA deducible. Sin embargo, para los autónomos, la regla solo se aplicaba si la actividad exenta suponía menos del 50% de su facturación. A partir del 2021, la regla de prorrata se aplicará a cualquier autónomo que realice actividades exentas.

2. Gastos mixtos:

Otra novedad importante es la regulación de los gastos mixtos. Se consideran gastos mixtos aquellos que no tienen una finalidad exclusivamente profesional. A partir de este año, los autónomos podrán deducir el IVA de los gastos mixtos en un porcentaje correspondiente al uso exclusivamente profesional de esos bienes o servicios.

3. Vehículos:

La regulación de la deducción del IVA en la compra, alquiler y uso de vehículos ha cambiado. A partir de este año, solo se podrá deducir el IVA del 50% de los gastos relacionados con el vehículo, sin importar si se utiliza para fines profesionales o personales.

Conclusión:

Es importante que los autónomos se informen adecuadamente de las novedades en la deducción del IVA. Conocer las nuevas normativas les permitirá aplicar los cambios sin cometer errores y obtener el máximo beneficio posible. Así que, ¡manos a la obra y a estudiar las nuevas leyes!

  • Autónomos: Persona que ejerce de manera habitual, personal, directa, por cuenta propia, una actividad económica o profesional a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.
  • Deducible: que se puede deducir.
  • Exenta: Que está libre de una carga o impuesto.