¿Qué es el silencio administrativo?
El silencio administrativo se refiere a una situación en la que la administración pública no responde a una solicitud de un ciudadano dentro del plazo establecido legalmente. En otras palabras, se trata de la falta de respuesta por parte de la administración pública ante una solicitud o trámite realizado por un ciudadano.
Tipos de silencio administrativo
Existen dos tipos de silencio administrativo: el positivo y el negativo.
Silencio administrativo positivo
El silencio administrativo positivo se refiere a la situación en la que la administración pública no responde a una solicitud en el plazo establecido, por lo que se considera que la solicitud ha sido aceptada de manera implícita.
Silencio administrativo negativo
El silencio administrativo negativo se refiere a la situación en la que la administración pública no responde a una solicitud en el plazo establecido, por lo que se considera que la solicitud ha sido rechazada de manera implícita.
Silencio administrativo para autónomos
En el caso de los autónomos, el silencio administrativo puede tener diversas implicaciones dependiendo del tipo de solicitud realizada. Por ejemplo, en los casos en los que se solicita la declaración de una actividad económica nueva, el silencio administrativo debe entenderse como una respuesta positiva y la actividad económica podrá ser iniciada por el autónomo.
En cambio, en los casos en los que se solicita una subvención o ayuda económica, el silencio administrativo no puede ser considerado como una respuesta positiva. En estos casos, es necesario esperar a que la administración pública se pronuncie sobre la solicitud realizada.
Conclusión
En definitiva, el silencio administrativo puede tener diferentes implicaciones para los autónomos y es importante conocer las consecuencias en cada caso concreto. Es fundamental tener en cuenta que en muchas ocasiones el silencio administrativo no puede ser interpretado como una respuesta implícita y será necesario esperar a que la administración pública se pronuncie al respecto.
Referencias
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.