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Donación en vida: definición, costos y más detalles


26/10/2020

Para muchas personas, existen términos desconocidos en relación a las rentas como por ejemplo, conceptos como donación en vida, herencias o impuesto de sucesiones. Es por este motivo que desde Asesoría Arribas queremos explicar que és la donación en vida, qué coste tiene y otra información relevante. 

En Asesoría Arribas contamos con la experiencia de nuestros abogados especialistas en herencias que gestionan y tramitan, con la mayor profesionalidad, todos los asuntos relacionados con el impuesto de sucesiones y donaciones.

¿Donación en vida o herencia? Diferencias y conveniencias de cada una

A continuación, hablaremos sobre el concepto de donación o herencia cuales son sus similitudes y diferencias.

Se entiende que la donación en vida es una posible alternativa a la una herencia y consiste en realizar una donación en vida, es decir, traspasar bienes propios a otra persona. De esta manera, se puede donar en vida tanto bienes muebles o inmuebles como el donante desee siempre cuando éste, reserve lo necesario para vivir en un estado correspondiente. 

Las donaciones en vida pueden realizarse a una persona física sin necesidad de que ésta forme parte de la familia de la persona donante o a una persona jurídica, es decir, a ONGs o fundaciones.    

En cambio, la herencia es aquella transmisión de bienes, derechos o incluso obligaciones que adquiere una persona debido al fallecimiento de su anterior propietarios.  

Una de las principales diferencias entre una donación en vida o una herencia, es que en la donación únicamente se cede en vida ciertas parte del patrimonio personal de una persona, en cambio, en la herencia se debe redactar un testamento.  

Diferentes tipos de donaciones en vida

Consideramos importante comentar también los diferentes tipos de donaciones en vida: 

  1. Puras y modales: Son aquellas donaciones en las que el donante cede parte de su patrimonio con el objetivo de beneficiar a un tercero. 
  2. Remuneratorias: Son aquellas donaciones que buscan beneficiar a otra por méritos propios o servicios que haya prestado al donante.  
  3. Con cláusulas de reversión: Mediante este tipo de donación, se establece una cláusula la cual indica que el donante puede volver a adquirir lo donado siempre que se cumpla la condición que se haya establecido. 
  4. Con facultad de disponer: Son aquellas donaciones en las que el donante se reserva el disponer de algunos bienes donados hasta que este fallezca.  
  5. Condicionales: Son las donaciones en las que el donante introduce una serie de requisitos que se deben cumplir para que la donación sea efectiva. 

Impuestos y costos de la donación en vida

Por otro lado, es necesario tener en cuenta los impuestos y los costos de la donación en vida. Concretamente, quien recibe una donación queda obligado a pagar una serie de impuestos a no ser que la persona beneficiaria sea una ONG, en este caso, quedan exentas del pago. 

A continuación, comentaremos los 3 impuestos a tener en cuenta: 

  1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Aquella persona que reciba una donación deberá pagar este impuesto regulado por cada Comunidad Autónoma.  
  2. Impuesto de Plusvalías: En las donaciones en las que se entrega un inmueble, existe el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de la Naturaleza Urbana el cual incrementa el valor de la zona urbana.
  3. IRPF: Finalmente, es importante comentar el impuesto de IRPF. Éste, implica que los donantes deben dejar constancia en su Declaración de la Renta. 

Donación en vida con usufructo y otras condiciones

La donación en vida con usufructo es “un acto de liberalidad por el que una persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra, que la acepta”. Aún así, esta donación con usufructo también está condicionada por impuestos tanto para el donante como el donatario: 

El donante, debe declarar la donación en la Declaración de la Renta si no se trata de su vivienda habitual o tiene más de 65 años. En cambio, el donatario debe afrontar el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y a demás, si recibe un inmueble urbano deberá abonar la plusvalía municipal. 

Si tienes alguna duda sobre las donaciones en vida, no dudes en contactar con nosotros. Desde Asesoría Arribas estaremos encantados de poder ayudar y gestionar todos los trámites con todas.