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Todo lo que necesitas saber sobre el régimen de prorrata de los autónomos


18/03/2023





El régimen de prorrata de los autónomos

Introducción

El régimen de prorrata es una medida fiscal que afecta a los autónomos que realizan tanto operaciones sujetas como no sujetas a IVA. Este régimen tiene como objetivo evitar que los autónomos que realizan pocas operaciones sujetas a IVA se vean perjudicados por el hecho de tener que pagar el IVA de las operaciones no sujetas.

¿Qué es el régimen de prorrata?

El régimen de prorrata consiste en la posibilidad de deducir parcialmente el IVA soportado por los gastos y costes de la actividad económica. Este régimen se aplica a los autónomos que realizan tanto operaciones sujetas como no sujetas a IVA, y su cálculo se basa en un porcentaje de prorrata que se obtiene dividiendo el importe total de las operaciones sujetas entre el importe total de las operaciones realizadas.

Este porcentaje determina el derecho a deducción del IVA soportado en los gastos, y se aplica en función del número de operaciones realizadas en cada periodo en relación con el total anual.

¿Cómo se calcula el régimen de prorrata?

El régimen de prorrata se calcula teniendo en cuenta los siguientes elementos:

Operaciones sujetas y no sujetas a IVA

Las operaciones sujetas a IVA son aquellas que están gravadas por el impuesto, mientras que las operaciones no sujetas son aquellas que no están sujetas a IVA.

IVA soportado y deducible

El IVA soportado se refiere al IVA pagado por el autónomo en la adquisición de bienes o servicios para su actividad económica. Este IVA es deducible, es decir, se puede descontar a la hora de liquidar el impuesto correspondiente.

Porcentaje de prorrata

El porcentaje de prorrata es el resultado de dividir el importe total de las operaciones sujetas entre el importe total de las operaciones realizadas. Este porcentaje determina el derecho a deducción del IVA soportado en los gastos.

Cálculo del régimen de prorrata

El cálculo del régimen de prorrata se realiza sumando el importe total del IVA soportado en el periodo y multiplicándolo por el porcentaje de prorrata correspondiente. Posteriormente, se divide esta cantidad entre el número de operaciones sujetas realizadas en el periodo, obteniendo así el importe deducible por operación.

¿Cómo afecta el régimen de prorrata a los autónomos?

El régimen de prorrata puede afectar de forma significativa a los autónomos que realizan muchas operaciones no sujetas a IVA, ya que el porcentaje de prorrata será bajo y, por tanto, su derecho a deducción también lo será.

Por ello, es importante que los autónomos hagan un seguimiento de las operaciones realizadas y de su valor relativo en relación con el total anual, a fin de poder calcular adecuadamente su régimen de prorrata y, en consecuencia, el IVA que deben pagar o pueden deducir en cada periodo.

Conclusiones

El régimen de prorrata es una medida fiscal que afecta a los autónomos que realizan tanto operaciones sujetas como no sujetas a IVA. Su cálculo se basa en un porcentaje de prorrata que determina el derecho a deducción del IVA soportado en los gastos. Para calcular correctamente el régimen de prorrata es necesario hacer un seguimiento de las operaciones realizadas y de su valor relativo en relación con el total anual.

  • Operaciones sujetas: aquellas que están gravadas por el impuesto.
  • Operaciones no sujetas: aquellas que no están sujetas a IVA.
  • IVA soportado: IVA pagado por el autónomo en la adquisición de bienes o servicios para su actividad económica.
  • IVA deducible: IVA que se puede descontar a la hora de liquidar el impuesto correspondiente.
  • Porcentaje de prorrata: resultado de dividir el importe total de las operaciones sujetas entre el importe total de las operaciones realizadas.
  • Régimen de prorrata: medida fiscal que permite deducir parcialmente el IVA soportado en los gastos y costes de la actividad económica.