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Todo lo que necesitas saber sobre el Régimen Especial de Bienes Usados


18/03/2023






Régimen Especial de Bienes Usados

¿Qué es el Régimen Especial de Bienes Usados?

El Régimen Especial de Bienes Usados es un sistema fiscal
por el cual los comerciantes que venden bienes de segunda mano, ya sea a
particulares o a otras empresas, pueden tributar una cantidad fija en
concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a Hacienda.

¿Cómo funciona?

Según la Agencia Tributaria, los vendedores de bienes usados podrán aplicar
este régimen especial siempre y cuando los bienes que comercialicen tengan
más de un año de antigüedad. En este caso, deberán tributar el 4% del
precio de venta sin descontar el IVA. Este 4% es una cifra fija, es decir,
no se aplica la regla general del IVA donde éste varía en función del tipo
de bien que se venda.

¿Qué bienes se consideran usados?

De acuerdo con la definición de Hacienda, son considerados bienes usados
aquellos que ya han sido objeto de una transacción, es decir, han sido
adquiridos por un usuario final, y que posteriormente se ponen a la venta.
Además, cabe destacar que, a pesar de que un producto tenga más de un año
de antigüedad, si nunca ha sido utilizado por un consumidor final, no se
considera un bien usado y, por tanto, no se puede acoger al Régimen
Especial.

¿Qué ventajas ofrece este régimen?

En primer lugar, este régimen simplifica el proceso de facturación y
contabilidad que deben llevar los comerciantes al emitir sus facturas, ya
que no tienen que realizar el cálculo del IVA para cada producto que venden.
En segundo lugar, pueden ofrecer precios más competitivos en el mercado al
no tener que repercutir el IVA en el precio final del producto.

¿Cómo darse de alta en el Régimen Especial?

Los comerciantes que deseen acogerse al Régimen Especial de Bienes Usados
deben comunicarlo a la Agencia Tributaria en el plazo de un mes desde el
inicio de la actividad. Además, es importante tener en cuenta que, una vez
se haya optado por este régimen, se deberá aplicar durante al menos un
año natural completo.

En resumen,

El Régimen Especial de Bienes Usados es una opción fiscal que permite a
comerciantes que venden productos de segunda mano tributar una cantidad
fija del 4% sobre el precio de venta sin descontar el IVA. Esta opción
ofrece ventajas tanto en el proceso de facturación y contabilidad como en
el precio final del producto. Además, los comerciantes que decidan
acogerse a este régimen deben comunicarlo a Hacienda en el plazo de un mes
desde el inicio de la actividad y deberán aplicarlo durante al menos un
año completo.