Skip to content

¿Cuál es la última prórroga de los ERTE?


01/02/2021

Como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el Covid-19 muchas empresas se vieron obligadas a realizar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo o más conocido como ERTE. Debido a la dificultad de la situación, el Gobierno, ha tenido que realizar una nueva prórroga de los ERTE. 

Esta información, es relevante para muchas personas y es por este motivo que desde Asesoría Arribas queremos aportarles la información más importante, como por ejemplo, cuál es la nueva fecha de prórroga o qué trámites deben realizarse. 

¿Qué es un ERTE? 

Antes de proporcionarles la información, consideramos necesario comentar brevemente en qué consiste un ERTE y cómo afecta a los empleados de una empresa.

Se entiende que un ERTE es una medida flexible que adopta una empresa para poder reducir o suspender temporalmente los contratos de trabajo. Esta flexibilización laboral queda limitada a un periodo tiempo establecido, es decir, tras este tiempo, la empresa debe recuperar las condiciones contractuales previas al ERTE. 

¿Cuál es la nueva fecha de prórroga? 

El pasado mes de enero se estableció a través de la publicación del Real Decreto 2/2021 los detalles sobre la aplicación de los ERTE aplicados como consecuencia del Covid-19 a partir de febrero. Entre la información de la nueva aplicación se incluyen los datos sobre la prorrogación y en qué tipo de ERTE se aplica. 

Tal y como afirman desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), El artículo 1 prórroga los ERTE basados en una causa de fuerza mayor relacionada con la COVID-19, regulados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, hasta el 31 de mayo de 2021.

De esta manera, se prorrogarán de manera automática desde el 1 de febrero y hasta el 31 de mayo de 2021, lo siguientes ERTE: 

  • ERTE de fuerza mayor establecido según el artículo 22 del RD Ley 8/2020.
  • Los ERTE de impedimento que estén vigentes desde el 31 de enero se prorrogarán según lo establecido a su resolución estimatoria. 
  • En los ERTE por rebrote se aplicarán las mismas exoneraciones que para los ERTE de impedimento.  
  • ERTE de limitación. 

¿Qué trámites se tienen que hacer para prorrogar el ERTE?

Tal y como se ha mencionado anteriormente y según el artículo 1 los ERTE establecidos y activos desde el 31 de enero se prorrogarán automáticamente a partir del 1 de febrero. De esta manera, todas aquellas personas que se encuentren en esta situación no tendrán que realizar ningún tipo de trámite ni gestión ante el Sepe. 

Además, es necesario comentar también que tal y como explica el artículo 4 del Real Decreto, se exime a las empresas de estar obligadas a presentar una nueva solicitud colectiva para las prestaciones de los trabajadores que se encuentran en ERTE y ha prorrogado. 

¿Qué tipo de ERTE podrán hacer nuevas solicitudes?

Finalmente, queremos destacar que las empresas afectadas por las restricciones establecidas si que podrán solicitar un nuevo ERTE ante la Autoridad Laboral. Concretamente, podrán solicitar las nuevas solicitudes los ERTE de limitación y de impedimento hasta el 31 de mayo.