Los autónomos pueden deducirse el IVA de los gastos del hogar, siempre y cuando éstos estén relacionados con su actividad profesional.
¿Qué son los autónomos?
Los autónomos son trabajadores que realizan una actividad económica por cuenta propia y de forma habitual. Pueden trabajar en un sector determinado o en varios. Existen diversas formas de ser autónomo, como por ejemplo darse de alta como trabajador por cuenta propia en la Seguridad Social, constituir una sociedad limitada unipersonal o formar parte de una cooperativa de trabajo asociado.
¿Qué gastos se pueden desgravar?
Los autónomos pueden desgravar aquellos gastos que estén relacionados directamente con su actividad profesional. Por ejemplo, el alquiler del local donde se desarrolla la actividad, el teléfono y la internet, los seguros, la luz y el gas, los suministros, material de oficina, entre otros.
Gastos del hogar
En el caso de los gastos del hogar, se pueden desgravar aquellos que estén relacionados con la actividad profesional que se está desarrollando. Por ejemplo, el IVA correspondiente a la factura de la luz, el gas, el teléfono y la internet que se utiliza para el trabajo. Para ello, se debe calcular el porcentaje que se utiliza para la actividad profesional y aplicar dicho porcentaje al importe total de la factura. De esta manera, se puede deducir en la declaración trimestral del IVA.
¿Cómo se realiza la deducción?
Para poder deducirse el IVA de los gastos del hogar, es necesario estar dado de alta en el régimen de estimación directa simplificada o en el régimen especial de criterio de caja. Además, es indispensable conservar todas las facturas y justificantes que acrediten el gasto y la relación con la actividad profesional.
Conclusión
En resumen, los autónomos pueden deducirse el IVA de los gastos del hogar siempre y cuando éstos estén relacionados con su actividad profesional. Es importante tener en cuenta que se debe calcular el porcentaje utilizado para la actividad y conservar todas las facturas y justificantes necesarios para demostrar dicha relación.
- Autor: Juan Pérez
- Fecha de publicación: 15 de marzo de 2021