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Close-up of hands signing a divorce decree document on a desk, showcasing legal process.

Primeros pasos tras el fallecimiento de un familiar


17/08/2026

Perder a un ser querido es uno de los momentos más difíciles que atravesamos en la vida. Al dolor emocional se le suma, casi de inmediato, una serie de trámites y gestiones que pueden resultar abrumadoras si no se sabe por dónde empezar. Si te encuentras en esta situación, este artículo te ayudará a entender qué hacer tras el fallecimiento de un familiar en lo que respecta a la tramitación de herencias, paso a paso y sin tecnicismos innecesarios.

¿Por qué es importante actuar con calma pero sin demora?

Uno de los errores más comunes es pensar que los trámites sucesorios pueden esperar indefinidamente. La realidad es que existen plazos legales que, si se incumplen, pueden acarrear recargos o sanciones. Por ejemplo, el impuesto de sucesiones debe liquidarse en un plazo de seis meses desde el fallecimiento, aunque en algunos casos es posible solicitar una prórroga. Actuar con cabeza fría y con el apoyo de profesionales adecuados marca una gran diferencia.

Documentos que necesitas recopilar desde el primer momento

Antes de iniciar cualquier trámite oficial, hay una serie de documentos básicos que deberás reunir. Tenerlos organizados desde el principio te ahorrará tiempo y gestiones duplicadas.

Documentación del fallecido

  • Certificado de defunción: se obtiene en el Registro Civil correspondiente al lugar del fallecimiento. En muchos casos, la funeraria lo gestiona directamente.
  • DNI o NIE del fallecido.
  • Libro de familia o documentación que acredite el parentesco con los herederos.

Documentos registrales clave

  • Certificado de últimas voluntades: acredita si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario. Se solicita en el Ministerio de Justicia, transcurridos al menos 15 días hábiles desde el fallecimiento.
  • Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento: informa sobre si existían pólizas de vida o accidentes a nombre del fallecido. Se solicita en el mismo organismo.
  • Copia autorizada del testamento (si existe), que proporciona el notario que lo custodió.

¿Hay testamento o no? El camino es diferente en cada caso

La existencia o ausencia de testamento condiciona completamente el proceso. Es uno de los primeros datos que hay que conocer, y por eso el certificado de últimas voluntades es tan importante.

Si existe testamento

Con el testamento en mano, los herederos designados pueden iniciar la aceptación y partición de la herencia ante notario. El documento notarial que recoge el reparto del caudal hereditario se denomina escritura de partición de herencia.

Si no hay testamento

Cuando el fallecido no dejó testamento, se aplica la sucesión intestada: el orden de herederos lo determina la ley. En estos casos, será necesario obtener previamente una declaración de herederos ab intestato, que puede tramitarse ante notario (si los herederos son familiares directos) o ante el juzgado (en otros supuestos).

Si tienes dudas sobre cómo proceder en tu caso concreto, en nuestra sección de herencias encontrarás información detallada sobre ambas vías.

El inventario de bienes: qué forma parte de la herencia

Una vez aclarado quiénes son los herederos, hay que identificar todos los bienes, derechos y deudas que forman el caudal hereditario. Esto incluye:

  • Inmuebles (pisos, locales, terrenos, garajes).
  • Cuentas bancarias y depósitos.
  • Vehículos a nombre del fallecido.
  • Participaciones en empresas o negocios.
  • Deudas y cargas pendientes (hipotecas, préstamos, etc.).
  • Seguros de vida con beneficiarios designados.

Es fundamental ser exhaustivo en este punto. Omitir bienes puede generar problemas fiscales o conflictos entre herederos más adelante.

Aceptar o renunciar a la herencia: una decisión que no debe tomarse a la ligera

Muchas personas desconocen que heredar no es obligatorio. Tienes derecho a aceptar la herencia —con todos sus bienes y también con todas sus deudas— o a renunciar a ella. Existe también una opción intermedia: la aceptación a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad del heredero al valor de lo heredado, sin que las deudas del fallecido puedan afectar al patrimonio personal del heredero.

Esta decisión debe tomarse con información completa sobre el estado real del patrimonio del fallecido. Si hubiera deudas que superen el valor de los bienes, renunciar puede ser la opción más sensata. Un profesional especializado puede ayudarte a valorar cada escenario antes de firmar cualquier documento.

El impuesto de sucesiones: plazos y particularidades según la comunidad autónoma

El impuesto de sucesiones y donaciones es el tributo que grava la transmisión de bienes por herencia. Aunque es un impuesto estatal, las comunidades autónomas tienen amplias competencias para regularlo, lo que provoca diferencias muy significativas según dónde resida el heredero o dónde estén ubicados los bienes.

En Cataluña, por ejemplo, las reducciones y bonificaciones son distintas a las de otras regiones. Si los bienes o los herederos están en la provincia de Barcelona, es importante conocer bien la normativa autonómica aplicable. En nuestra guía sobre herencias en Badalona puedes consultar las particularidades fiscales que afectan a esta zona.

El plazo general para presentar la autoliquidación es de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Pasado ese plazo sin haber solicitado prórroga, se aplican recargos que aumentan con el tiempo. No dejes este trámite para el último momento.

La adjudicación de bienes y el cambio de titularidad

Una vez liquidado el impuesto, los bienes pueden adjudicarse formalmente a los herederos. Dependiendo del tipo de bien, esto implica:

  • Inmuebles: escritura ante notario e inscripción en el Registro de la Propiedad.
  • Vehículos: cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico.
  • Cuentas bancarias: presentación de la documentación hereditaria en cada entidad financiera para desbloquear los fondos.

Este proceso puede ser ágil o complejo dependiendo del número de herederos, la naturaleza de los bienes y si existe acuerdo entre todas las partes. Los conflictos entre herederos son más frecuentes de lo que se cree, especialmente cuando hay bienes inmuebles difíciles de repartir.

Cuándo es imprescindible contar con un asesor especializado

Técnicamente, es posible tramitar una herencia sin ayuda profesional cuando el patrimonio es sencillo y los herederos están de acuerdo. Sin embargo, en la práctica, contar con un asesor especializado en herencias supone un ahorro real de tiempo, errores y, en muchos casos, dinero.

Un profesional puede ayudarte a:

  • Detectar bienes o derechos que podrían pasarse por alto.
  • Optimizar la carga fiscal dentro de la legalidad.
  • Mediar entre herederos para evitar conflictos.
  • Gestionar todos los trámites notariales, registrales y fiscales de forma coordinada.

Si quieres saber más sobre cómo trabajamos o qué servicios ofrecemos, puedes visitar nuestra página sobre gestión de herencias o ponerte en contacto con nosotros directamente a través del formulario de contacto para herencias.

Un consejo práctico antes de empezar

Antes de acudir al notario o a cualquier organismo oficial, reúnete con los demás herederos —si los hay— en un ambiente tranquilo y sin prisas. Acordar de antemano cómo queréis repartir los bienes (dentro de lo que marca la ley) facilita enormemente el proceso notarial y reduce el riesgo de discrepancias posteriores. Cuando todos van en la misma dirección, la tramitación de herencias puede resolverse en pocas semanas. Cuando hay desacuerdos, puede alargarse meses o incluso años. Una primera conversación honesta vale más de lo que parece.