Introducción
Los impuestos son una realidad en nuestro país y es importante conocer los plazos de presentación de cada modelo para evitar sanciones o recargos. En este artículo vamos a repasar los plazos para presentar los modelos de impuestos más relevantes.
Modelo 303 – IVA trimestral
El modelo 303 es el impuesto sobre el valor añadido (IVA) que deben presentar aquellas personas físicas o jurídicas que realizan operaciones empresariales o profesionales. La periodicidad de presentación de este modelo es trimestral. Los plazos para su presentación son:
- Del 1 al 20 de abril para el primer trimestre
- Del 1 al 20 de julio para el segundo trimestre
- Del 1 al 20 de octubre para el tercer trimestre
- Del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre
Es importante tener en cuenta que, si se opta por la domiciliación bancaria del pago, el plazo para presentar el modelo 303 finaliza 5 días antes.
Modelo 111 – Retenciones e ingresos a cuenta
El modelo 111 es el impuesto que se debe presentar cuando se realizan retenciones e ingresos a cuenta a trabajadores, profesionales o arrendadores de inmuebles. La periodicidad de presentación es trimestral. Los plazos para su presentación son los mismos que los del modelo 303.
Modelo 130 – Pagos fraccionados de IRPF
El modelo 130 es el impuesto que deben presentar los autónomos que tributan por IRPF y que realizan pagos fraccionados a cuenta de este impuesto. La periodicidad de presentación es trimestral. Los plazos para su presentación son los mismos que los del modelo 303.
Recargo por presentación extemporánea
En caso de presentar los modelos de impuestos fuera de plazo, se aplicará un recargo por presentación extemporánea. Este recargo se calcula como un porcentaje del importe a ingresar o del importe de la devolución a solicitar, en función de si el modelo sale a ingresar o a devolver.
Conclusión
En conclusión, es importante conocer los plazos para presentar los modelos de impuestos para evitar sanciones o recargos que puedan afectar negativamente a nuestra actividad económica. En el caso de tener dudas, es recomendable acudir a un asesor fiscal para que nos guíe en todo el proceso.